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Jueves 26 de Diciembre de 2024
6 diciembre 2023 - 09:43
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial rechazó el pedido de la Municipalidad, que reclamaba la posesión del inmueble/terreno cedido años atrás por otra gestión local.
Días pasados, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial dictó sentencia definitiva en la causa que inició la Municipalidad de San Nicolás para desalojar al Hogar Geriátrico de San Nicolás, situado en calle Cernadas N° 620. Los magistrados rechazaron el pedido de la comuna y dieron lugar a los argumentos defensistas de los poseedores del inmueble.
Los Dres. Fernando Gabriel Kozicki, José Javier Tivano y Amalia Fernández Balbis, rechazaron “la demanda de desalojo articulada, imponiéndole las costas a la actora”, expresa la sentencia.
El inmueble fue cedido décadas atrás para la puesta en marcha de un hogar geriátrico, la ordenanza dictaba en aquel entonces que en caso de no cumplir con dicha clausula la titularidad del mismo volvería a la Municipalidad. “La actora (Municipalidad) sostuvo que la entidad donataria no había dado cumplimiento con el cargo asumido, que encontró el inmueble desocupado y en mal estado de conservación y, por ello, tomó su posesión. Denunció que, posteriormente, un grupo de personas entraron ilegitima y arbitrariamente al inmueble en cuestión. Finalmente, afirmó que, mediante el decreto 79/22, se dispuso dejar sin efecto la donación efectuada”.
Por su parte, desde la entidad señalaron que “la escrituración no fue llevada a cabo por dificultades y trabas que comenzó a poner el mismo Municipio, bajo la gestión del Dr. Ismael Passaglia y su hijo, especialmente sucedidas a partir del fallecimiento del alma mater de la institución, Olga Baldarenas de Aseff, lo que impidió –a su entender- que la propiedad adquirida obtuviera la registración dominial y, con ella, la habilitación correspondiente. Así, adujo que el hogar debió funcionar sólo como hogar de día, pudiendo los ancianos desayunar y merendar, pasando la tarde entre sus pares, pero sin poder pernoctar”.
La férrea posición de la Comuna, que conducen los Passaglia, de tomar posesión del inmueble/terreno generó una serie de acciones, al menos, controversiales. Encapuchados que amparados en la oscuridad de la madrugada llegaron al lugar buscado desalojar a los presentes. El arribo de una máquina pesada, también en horas de la noche, para demoler el lugar, entre otras cuestiones que fueron debidamente denunciadas por los demandados.
Finalmente la lucha terminó y el hogar geriátrico de día continuará funcionando como tal en calle Cernadas 620, ya que la sentencia definitiva dictó lo siguiente: “Rechazar el recurso de apelación deducido por la parte actora el 14/6/2023 y, en consecuencia, confirmar el pronunciamiento del 12/6/2023, con costas de alzada a la vencida (art. 68, CPCC)”.
Nota de archivo: