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Fallo contra mujer que se negó a vacunarse

8 marzo 2025 - 12:43

La Justicia confirmó que fue justificado el despido a una trabajadora que se negó a vacunarse en pandemia

El medio Infrogremiales notició que la Cámara del Trabajo de Bariloche consideró justificado el despido de una mujer que se negó a vacunarse contra el Covid-19. La causa se originó cuando la trabajadora, empleada de Casino Club Río Negro, decidió no vacunarse por razones personales.

En enero de 2022, la empresa notificó a su personal sobre la exigencia de un pase sanitario para ingresar a los establecimientos, en cumplimiento de normativas nacionales y provinciales.

“La no obligatoriedad de la vacuna no puede importar un cercenamiento de derechos, pero su ejercicio debe asumir las consecuencias que implica la convivencia con otras personas en un ámbito laboral”, destacaron los camaristas en un fallo dado a conocer por Diario Judicial.

La trabajadora rechazó la medida y, días después, se le impidió el ingreso al lugar de trabajo, fue suspendida sin goce de sueldo. Decidió entonces iniciar la demanda donde aseguró, entre otros motivos, que la decisión “vulneraba su derecho a la integridad física y la libertad individual, además de representar un ejercicio abusivo del poder del empleador”.

El Tribunal integrado por Alejandra Paolino, María de los Ángeles Pérez Pysny y Jorge Serra confirmaron la sentencia de grado y recordaron que, si bien la disposición no implicaba una vacunación obligatoria, “establecía una restricción justificada para acceder a ciertos espacios de alto riesgo epidemiológico, como lo eran los casinos y salas de entretenimiento”.

En esa línea, los jueces añadieron que la decisión de la empresa “no impuso coercitivamente la vacunación, sino que estableció una restricción razonable para minimizar los riesgos de contagio en un espacio cerrado y con alta circulación de personas”.

“No se evidencia así de modo alguno una vulneración de la voluntariedad de la aplicación de la vacuna; la decisión no avanza hacia un imposición coercitiva de la misma, sino que, respetuosa de la decisión de la litigante de no vacunarse -por el motivo que fuese-, le establece limitaciones y le exige un esfuerzo que indudablemente es importante, pero siempre comparativamente menor, para no generar un riesgo adicional de contagio para el resto de las personas (compañeros de trabajo y público en general)”, profundizó el fallo.

Los magistrados ponderaron que la empresa actuó en cumplimiento de disposiciones oficiales y que la medida fue consensuada con el sindicato de la actividad y con la Lotería de Río Negro, el organismo que regula la explotación de juegos de azar en la provincia.

Finalmente, la Cámara rechazó las pretensiones indemnizatorias y confirmó que la decisión de la demandada “fue adoptada en un contexto de emergencia y con fundamento en normas sanitarias vigentes, sin intención de afectar derechos individuales más allá de lo estrictamente necesario”.

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